Jornada Especial Pensiones Cuentas Individuales

Jornada Especial: Pensiones, Cuentas Individuales

Para continuar orientando sobre los regímenes pensionarios en el ISSSTE, la doctora Norma Liliana Rodríguez Argüelles, Presidenta del SNTISSSTE, encabezó la Jornada Especial “Pensiones Cuentas Individuales”, que se realizó en la Sala Internacional “Dr. Julio Cortazar Terrazas” del edificio sede y transmitido por la plataforma de YouTube.

El licenciado Francisco Humberto Pedroza Alba, Secretario de Pensiones y Jubilaciones, Cuentas Individuales, Seguros de Vida y de Retiro, señaló que el nuevo régimen de cuentas individuales entró en vigor a partir de abril de 2007 y la pensión depende del ahorro individual de cada trabajador, asimismo, el gobierno federal garantiza una pensión mínima si el trabajador cumple con los requisitos de edad y años cotizados para tener derecho a una pensión.

Agregó que el monto de la futura pensión dependerá de los recursos acumulados por cada trabajador en la cuenta individual durante su vida laboral, el monto se establece al momento del retiro basado en las contribuciones que se hayan hecho en la cuenta individual; las pensiones las otorga el ISSSTE y son pagadas por la Aseguradora que elija el trabajador.

Mencionó el tipo de pensiones en Cuentas Individuales: Retiro anticipado; cesantía en edad avanzada; vejez; pensión mínima garantizada; pensión por invalidez total y permanente; invalidez parcial; y riesgo de trabajo, accidente y/o enfermedad de trabajo.

Indicó que el Gobierno Federal asegura una pensión garantizada de 7 mil 508 pesos mensuales a quienes reúnan los requisitos para una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez, siempre y cuando los recursos de su cuenta individual no sean suficientes para contratar una pensión; si el pensionado reingresa a un trabajo sujeto de la Ley del ISSSTE o de la Ley del Seguro Social, el pago de la pensión se suspenderá; en caso de fallecimiento del pensionado, se entregará  la pensión garantizada al familiar derechohabiente.

Dijo que en caso de que un trabajador tenga la edad para pensionarse (60 o 65 años) pero no cuente con los 25 años de cotizaciones, entonces procede la negativa de pensión donde se pueden retirar todos los recursos de la cuenta individual y se quitará el ISR del monto total, pero como no es pensionado no tiene derecho a servicio médico, seguro de retiro, ni préstamos para pensionados.

Por su parte la maestra Liliana Estrada Pérez, integrante de la Secretaría de Pensiones y Jubilaciones, Cuentas Individuales, Seguros de Vida y de Retiro, explicó que una vez tomada la decisión de retirarse el proceso pensionario en cuentas individuales será presentar la renuncia al puesto en recursos humanos del centro de trabajo; tramitar la licencia pre pensionaria; solicitar las hojas únicas de servicio y la baja afiliatoria; y realizar el alta voluntaria al servicio médico.

Destacó que los factores que se toman en cuenta para el cálculo de pensión en cuentas individuales son la edad del futuro pensionado, el saldo de la cuenta individual administrada por la Afore, la expectativa de vida de acuerdo al sexo y la expectativa de vida en México para las mujeres es de 77.8 años y de los hombres es de 72.1 años.

Agregó que el seguro de sobrevivencia es el seguro que debe comprar a cada familiar derechohabiente que tengan derecho a pensión (beneficiarios legales); se compra el seguro de sobrevivencia del saldo que exista en la cuenta individual administrada por la Afore; y el costo del seguro dependerá de la edad del trabajador y del beneficiario, se tomará en cuenta la expectativa de vida de ambos para determinar el costo.

Señaló que existen dos modalidades para pagar la pensión, la primera es por medio de retiro programado: la Afore administra el saldo de la cuenta individual, entrega una renta mensual tomando en cuenta la expectativa de vida y realiza un recálculo anual; la segunda, es por rentas vitalicias: consiste en contratar con la Aseguradora seleccionada un seguro de pensión que otorgue una renta vitalicia.

Para cualquier duda o aclaración puede comunicarse a la Secretaría de Pensiones, Jubilaciones, Cuentas Individuales, Seguros de Vida y Retiro al teléfono 55 56 06 07 00 extensiones 508, 509 y 521.

 

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